La Confirmación de Raza y el Registro Inicial del PAE
 

Nos llegan a menudo preguntas de aficionados en torno a cómo, donde y cuando pueden o deben de realizar la confirmación o el registro inicial de sus Perros de Agua.  

Abunda incluso la desinformación sobre de la diferencia que hay entre una y otro. Vamos a intentar aclarar estos dos hechos, a qué ejemplares se aplican, con qué fin y los métodos  utilizados en cada caso.

La confirmación de Raza :

1.- Se denomina de esta manera el examen directo que un juez conocedor del estándar de la raza, realiza en el trascurso de una exposición o concurso monográfico a fin de verificar la ausencia de defectos de estructura o comportamiento en un ejemplar concreto. Se confirma, por tanto, su correcta conformación y comportamiento con lo descrito en el estándar.

2.- El objetivo es determinar que el ejemplar es apto para la cría, porque no presenta ningún defecto o indicio de mestizaje que le impida trasmitir la pureza de la raza a su descendencia así como su genealogía.

3.- Pueden optar a este examen todos aquellos ejemplares que reúnan las siguientes condiciones.

·         Estar inscrito en un libro de orígenes reconocido por la Real Sociedad Canina de España.

·         Haber cumplido un año el día de la confirmación.

·         Estar correctamente identificado a través de tatuaje o microchip, (esto viene reflejado en el justificante de inscripción en el libro de orígenes correspondiente, que el criador habrá facilitado al propietario del PAE).

·         Acreditar con Pasaporte Veterinario al menos la vacunación antirrábica.  

4.- Además, el ejemplar habrá de ser inscrito, en la exposición o concurso. En la inscripción advertir sobre el deseo de confirmar. Abonar la cantidad correspondiente (en torno a 5 o 6 euros) y presentar en el momento del examen el impreso de confirmación (dos hojas, una para la organización y otra para el expositor), que el criador habrá entregado al propietario junto con el justificante de inscripción en el libro de orígenes.

El Registro Inicial :
 

El Registro Inicial es básicamente lo mismo que la confirmación en cuanto a objetivo se refiere, pero se diferencia de ésta  en que se aplica a ejemplares que carecen de genealogía, esto es, no están registrados en ningún libro de orígenes reconocido. Optan en definitiva a registrarse en el libro y poder reproducir con ejemplares del sexo contrario inscritos y por tanto poder inscribir a su descendencia. Se someten a un examen semejante al de la confirmación con otro tipo de formularios que aporta la organización.

Son aplicables todas las consideraciones expuestas arriba, por lo tanto, en lo descrito en los puntos 1 y 2. Carecen de genealogía que legar a su descendencia, en la que aparecerá como cabecera de la misma.

 Por lo que respecta a los puntos de apartado 3, no se tendrá que aportar ninguna prueba de inscripción. Pero si deberán de satisfacerse los restantes (Pasaporte, Microchipado, 1 año de edad)

Del contenido del apartado 4. Habrá de ser inscrito igualmente en la exposición o concurso expresando la voluntad de registrar. No podrá participar en el concurso y esperará al tiempo reservado a las confirmaciones. Esto suele realizarse tras la finalización de los juicios de raza. Es recomendable recabar información al respecto a la organización de acto.
El registro inicial tiene un precio considerablemente más elevado que la confirmación, en torno a los 20 euros (precio 2008 de la AEPAE).  También y a partir de 2008, concretamente en la monográfica de raza (5 y 6 de Abril), se exige la presentación de una radiografía de cadera del ejemplar.

Es muy recomendable, aunque no imprescindible, que el PAE, haya tenido algún contacto con exposiciones o concursos y esté acostumbrado a ser examinado por extraños. La timidez o agresividad persistente supone normalmente un grave inconveniente para la confirmación.

Esperando haber podido colaborar a despejar dudas sobre este aspecto. Nos ponemos a vuestra disposición para cualquier aclaración que creáis oportuna