Texto propuesto como base de discusión para la aprobación del Código Ético de Comportamiento a observar ante la problemática de la cría y cesión de ejemplares por parte de criadores socios de la AEPAE.
Es voluntad expresada en la Asamblea General de Diciembre 2007, y recogida por la junta directiva, dar curso y aprobar el mismo durante el primer semestre de 2008. A tal efecto y en circular de Noviembre 2007 se hizo llegar copia del mismo a todos los socios al día de pago. A fin de evitar posibles desconocimiento del mismo, por errores imputables al correo, lo publicamos en nuestra Web a fin de que los socios que lo estimen necesario, hagan llegar cuantas puntualizaciones crean oportunas.

La Junta Directiva.

Este código de ética preparado y adoptado por La Asociación Española del Perro de Agua Español, está básicamente en concordancia con los códigos de ética existentes en los clubes de la raza en otros países.

Al entrar a formar parte de este club se espera que todos sus socios, voluntariamente, traten de comportarse y actuar de acuerdo a este código, que resume y define el espíritu y objetivo de la A.E.P.A.E. en cuanto a las normas para la cría, comprometiéndose a cumplirlo y velar por que se cumpla. Debiendo   firmarlo y adjuntar nº de DNI al final del mismo.

I.          El socio criará únicamente con aquellos perros que considere libres de defectos hereditarios graves y que   se hallen en  perfecto estado de salud. Se considerará seriamente el carácter, la aptitud para el trabajo, la calidad, tipicidad y conformación. A  tal efecto se recomienda  someter al perro a los controles existentes veterinarios (especialmente certificado fehaciente de no padecer displasia de caderas; más adelante otros como pruebas oculares –PRA o atrofia reticular progresiva, glaucomas, de hipotiroidismo, de insuficiencia pancreática exocrina, atrofia folicular, displasia de codos, etc. cuando estén disponibles en España sus diagnósticos). En todo momento la  mejora de la raza debe ser nuestra  principal  aspiración. En la elección de ejemplares para cría, debe  tenerse en cuenta que la agresividad o el miedo, NO forman parte del carácter de un PAE.

II.        El propietario de un macho reproductor será igualmente cuidadoso  a la hora de cruzar su ejemplar con perras que no  reúnan las condiciones arriba mencionadas.  

III.      Ninguna perra se cruzará sin tener la certeza de su buen estado de salud ni antes de los 15 meses ni de su  segundo celo y  únicamente hasta los ocho años. No se puede hacer criar a una hembra más de una vez al año y como  máximo, cinco veces en toda su vida. Recomendamos que se esterilice después del último parto. Toda crianza irá encaminada siempre a la mejora de  la raza y los socios pondrán todo su  empeño  en desanimar a los que intenten hacerlo con ejemplares  claramente inferiores.

IV.       No se debería criar una camada sin disponer del tiempo y requisitos para ofrecer el cuidado necesario a   los cachorros y  a la madre, ni tampoco si no se tiene la certeza de poder colocar en buenas manos a todos los cachorros posteriormente.

V.         Los cachorros no abandonarán al criador antes de las ocho semanas, si se lo lleva el nuevo propietario y   no antes de 3 meses si el cachorro va a tener que viajar sólo. En ningún caso se exportará un cachorro menor de 6 meses, sólo en un transportín (vari kennel), a países de Europa o fuera del continente europeo donde  tenga que permanecer  más de 5 horas desatendido sin contacto humano.

VI.        No se venderán Perros de Agua E. a laboratorios, o tratantes de perros. (Un  tratante se define como la persona   que compra y  vende regularmente para su provecho). Una persona que compra en nombre de otro o  como agente de una segunda  persona, no es necesariamente un tratante. No se venderán ni ofrecerán  P.A.E. como premio de rifa o competición. 

VII.       Ningún P.A.E., que tenga algún defecto físico o que se aleje notablemente del standard , podrá  venderse sin comunicárselo claramente al posible comprador, incluso aunque sea regalado. Igualmente con los perros   no inscritos  en el LOE o RRC, se deberá advertir al comprador de que no están registrados ni podrán registrarse  nunca. Los socios no venderán en ningún caso un cachorro sin estar seguros de su buen estado de salud en  el momento de la compra.

VIII.      Todo comprador de P.A.E. deberá ser provisto de una hoja con a la dieta alimenticia del cachorro, fecha  de desparasitaciones, producto utilizado y vacunas, asimismo se le dará un pedigrée de criador. Se  advertirá al  comprador que se ponga en contacto con  el criador en caso de presentarse algún problema  con el cachorro,  para  aconsejarle lo que debe hacer. Los criadores harán los  esfuerzos necesarios para  asistirle en estas circunstancias. 

IX.         Los anuncios de venta de cachorros por parte de los socios serán lo mas exactos posibles, huyendo de las exageraciones infundadas o   superioridades
 Los socios refrenarán sus comentarios, falsos o claramente descalificatorios, sobre los  perros o hechos de los demás socios de la AEPAE.
 
X.          Los socios se comprometen a mantener en perfecto estado de salud y condición a sus perros a lo largo de toda su vida.

XI.         Los socios deberán comunicar a la directiva aquellas irregularidades fehacientes de incumplimiento, por parte de otro miembro del club, de este código ético.
 
XII.       De vez en cuando puede resultar necesario para el club y su  responsabilidad con la raza, siempre  aconsejado por profesionales  veterinarios, recurrir a la asistencia y colaboración de los criadores para la  erradicación de taras  hereditarias o enfermedades de cualquier índole. Se espera en estos casos que los  criadores cooperen sin reservas con el club 

XIII.      Será obligatoria la identificación por microchip de todos los ejemplares destinados a la cría, comprobándose por parte del delegado de zona del club o veterinario oficial en su defecto, con lector de chips siempre antes de las montas la identidad de ambos progenitores.

XIV.      Queda terminantemente prohibido criar con perros que no han pasado la confirmación de pureza de raza, así como el abandono y maltrato de ejemplares no deseados. Se buscará una buena familia de acogida y en último extremo se podrían llevar a algún apropiado refugio o sociedad protectora de animales de confianza. En ningún momento se permite aplicar el sacrificio de los mismos. En breve se dispondrá de un servicio propio de La AEPAE para el rescate y posterior donación en adopción de los ejemplares recogidos.

XV.       El presente código se irá ampliando conforme se descubran nuevas vías de mejora de la cría, para la buena salud y futuro de la raza.

XVI.       Los socios que no cumplan este código serán automáticamente dados de baja y perderán todos los derechos que conlleva el sr socio de la AEPAE.